La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés) advirtió que retendrá los neumáticos de automóvil fabricados en Serbia por Linglong International Europe DOO Zrenjanin. La orden, con efecto inmediato, se aplica para todos los puertos de entrada de Estados Unidos debido a que existe evidencia que indica el uso de trabajo forzoso.
La CBP emitió la Orden de Retención de Liberación debido a violaciones del Título 19 del Código estadounidense. Esta legislación prohíbe la entrada de mercancías fabricadas con trabajo forzoso. A partir de ahora, todos los neumáticos de Linglong International Europe DOO Zrenjanin serán retenidos por la agencia en los puertos.
“El mensaje es claro: Estados Unidos no tolerará el trabajo forzoso en las cadenas de suministro”, expresó al respecto el comisionado de CBP, Rodney S. Scott. La orden, según el comunicado, es el resultado de una investigación de la agencia y la revisión de información por parte de diversas fuentes.
Para llegar a la conclusión de que la empresa utiliza explotación laboral, la CBP analizó las siguientes pruebas:
“Los estadounidenses no deberían tener que competir con productos elaborados mediante la explotación”, manifestó la Subcomisionada Ejecutiva Interina, Susan S. Thomas, de la Oficina de Comercio.
“Al impedir que productos derivados del trabajo forzoso ingresen al comercio estadounidense, la CBP contribuye a garantizar que los trabajadores y las empresas estadounidenses compitan en igualdad de condiciones”, agregó la funcionaria.
En conjunto, la evidencia demostró que los trabajadores de Linglong están sujetos a nueve indicadores de trabajo forzoso de la Organización Internacional del Trabajo (OIT):
De acuerdo con la agencia, los hechos que sustentan estos indicadores demuestran que los empleados están involucrados en trabajo forzoso. Esto significa que es realizado involuntariamente y bajo amenaza de sanción.
Además, los datos de la CBP señalan que las mercancías se importan actualmente a Estados Unidos o es probable que lo hagan en el futuro próximo. La orden corresponde a la quinta emitida en 2025 y la segunda en el año fiscal 2026.
La página oficial de la agencia encargada de garantizar la protección fronteriza señala que este año se emitieron las siguientes órdenes de retención, que continúan activas al 19 de diciembre:
En cada caso, la agencia comprobó mediante el análisis de pruebas que las empresas utilizaron trabajo forzoso para la producción.

